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A continuación desarrollamos la tercera parte del Procedimiento de Coordinación de seguridad y salud en fase de ejecución de obra.
6. METODOLOGÍA
A continuación desarrollamos la tercera parte del Procedimiento de Coordinación de seguridad y salud en fase de ejecución de obra.
6. METODOLOGÍA
6.1. Inicio de obra
6.1.1. Nombramiento de Coordinador
- Para el colegios profesionales sin formato propio cumplimentar el formato FR 07 12 Acta Nombramiento de Coordinador.
- Para el colegio de aparejadores: Nota de encargo (según modelos del colegio).
Cambio de coordinador de seguridad.
En caso de que la obra se inicie por cambio de coordinador de seguridad y salud, este se realizará posteriormente al chequeo del plan de seguridad. Se tramitará nuevamente la primera página del Aviso Previo indicando el nombre del nuevo Coordinador de Seguridad y se visarán tanto el nombramiento (o cambio de Coordinador si ambos son de Ingeniería Inalsa) como la aprobación del Plan de seguridad y Salud.
En caso de renunciar a una Coordinación de seguridad se realizará el acta de renuncia del Coordinador de seguridad según el modelo FR 07 17 Renuncia de Coordinador, o el del colegio profesional correspondiente.
6.1.2. Aprobación del Plan de seguridad y salud
En el momento en el que se notifica por parte del cliente el nombre del contratista/s principal, se deben indicar en el FR 07 05. Documentación de Colegio e IRSHT, los datos de la obra y la fecha en que se solicita el plan (o anexo) al contratista.
Se debe solicitar por escrito el Plan de seguridad y salud al contratista/s principal de la obra, para ello podrá hacerse uso del formato de Fax FR 07 13 Solicitud del Plan indicando un plazo para la entrega de dicho plan de seguridad. Para agilizar los tramites se puede solicitar copia digital para chequear el plan. Debe guardarse copia de dicho chequeo (fax o tabla de chequeo) en la carpeta de la obra. Si en el plazo indicado no se recibe contestación o copia del plan, es conveniente enviar nuevamente dicha solicitud por Burofax estableciendo el plazo que se da por parte del Coordinador desde la recepción del Plan hasta, su aprobación, o hasta la aportación de deficiencias a subsanar en dicho plan. Dicha decisión corresponde al Coordinador de seguridad junto con el Director.
Antes de realizar la aprobación del plan (o anexo) de seguridad se debe pasar la lista de chequeo según el formato FR 07 14, si el contenido es correcto se realizará la aprobación del plan o el informe aprobatorio del plan. En caso de que falte o esté incompleto el contenido del plan se deberá enviar por escrito al contratista las modificaciones que deberá realizar para su aprobación. Se anotará en el FR 07 05 las fechas en que se reciben los planes y en que se envían las revisiones o se da por aprobado el plan de seguridad o anexo. En caso de que las modificaciones a realizar no sean relevantes ni comprometan la seguridad y salud de los trabajadores no deberían impedir la emisión del Acta de aprobación, sin perjuicio de subsanación posterior. Se deberá solicitar vía fax la realización de los anexos pertinentes indicando que si en el plazo de tiempo que se determine no se ha recibido dicho anexo, se requerirá este mediante el libro de incidencias.
En caso del Colegios profesionales, para la realización de la aprobación del Plan de seguridad (o anexo) se deberán solicitar los documentos requeridos para el visado, y facilitarlos al Administrativo para que se realice el visado. En caso de Colegio profesionales con visado electrónico, se pasará copia informática de la aprobación y del Nombramiento para su visado electrónico y solicitud del libro de incidencias al Administrativo. Se utilizará para el colegio de Aparejadores los formatos del propio colegio y para los colegios que no dispongan de formato propio los formatos FR 07 15 Acta de aprobación del plan (para obras privadas) y FR 07 16 Informe de aprobación del plan (para obras públicas).
6.1.3. Tramites administrativos
Antes del comienzo de la obra el promotor deberá tramitar el aviso previo en el Instituto Regional de seguridad e higiene en el trabajo de la Comunidad Autónoma correspondiente, donde deben figurar los datos del Coordinador de Seguridad y salud. Los visados del nombramiento y aprobación del plan de seguridad deberán tramitarse antes, o en el momento del comienzo de la obra.
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